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Commentary

Mensaje del Dr. Francis M. Deng, Representante del Secretario General para las Personas Internamente Desplazadas

Francis M. Deng
Francis M. Deng Former Brookings Expert

December 5, 2002

Ingles

Permítanme expresar mi profundo agradecimiento a los organizadores de este evento tan importante. Así mismo, quisiera agradecer a todos los participantes por sus continuos esfuerzos para hacer visible la situación de las personas internamente desplazadas en Colombia y por la utilización de los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos como una herramienta para hacer frente a las preocupaciones de las personas internamente desplazadas. Es mi deseo que Uds. se familiaricen con la Guía para la Aplicación de los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos y logren encontrar formas innovadoras de aplicarla en el trabajo que desarrollan.

Como Uds. bien saben, dichos Principios son las primeras normas internacionales para personas internamente desplazadas. Preparados por solicitud de la Comisión de Derechos Humanos y la Asamblea General de las Naciones Unidas, fueron presentadas por mi, Representante del Secretario General de las Naciones Unidas para los Desplazados Internos, a dicha Comisión en el año 1998. Estos Principios establecen los derechos de las personas internamente desplazadas y las obligaciones de los gobiernos y otros actores que tienen responsabilidades hacia ellas. Los Principios abarcan todas las etapas del desplazamiento, incluyendo la protección contra desplazamientos arbitrarios, protección y asistencia durante los desplazamientos, y durante el retorno o reasentamiento y la reintegración. La Guía, que fue desarrollada para poner en práctica los Principios, fue publicada inicialmente en Inglés en el año 1999 por la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA) y el Proyecto sobre Desplazamiento Interno del Instituto Brookings. Dicha Guía provee una orientación práctica al personal de campo sobre los pasos efectivos que deben tomarse en favor de las personas desplazadas con el fin de desarrollar los Principios.

La Guía ha sido traducida a otros idiomas o lenguas, además del castellano, y esta siendo utilizada alrededor del mundo para promover los derechos de las personas internamente desplazadas. Por ejemplo, la traducción de la Guía al idioma oficial de Indonesia, el bahasa indonesia, estimuló el desarrollo de una campaña adicional por parte de ONG locales e internacionales. Uno de los frutos de este esfuerzo fue la publicación de una versión de los Principios en forma de historieta que será distribuida ampliamente en las zonas afectadas por el conflicto, con el fin de promover los derechos de los desplazados. La traducción de la Guía al portugués fue utilizada por personal de las Naciones Unidas para capacitar a las comunidades desplazadas en Angola. Una de las mujeres angolesas que recibió esta capacitación en el Campo Salga, Provincia de Luanda, dijo a la ONU: “Sabía que teníamos derechos, al igual que toda otra persona. Ahora que se exactamente cuáles son esos derechos, es mi responsabilidad el asegurar que mi comunidad también los entienda. Yo soy viuda y madre de cuatro hijos. Nunca fui a la escuela. Estoy muy agradecida por esta oportunidad de aprender y enseñar nuestros derechos. Si tomamos conocimiento de la existencia de los Principios Rectores y de las Normas [angolesas sobre retorno], sabemos que nuestras vidas pueden mejorar.”

Espero que la versión en idioma español sirva de apoyo a las organizaciones nacionales e internacionales que trabajan en favor de los desplazados en Colombia, y que sirva para fortalecer los esfuerzos que las mismas comunidades de desplazados están llevando adelante. La Guía debería ser una herramienta útil para entrenar al personal de campo que trabaja directamente con personas internamente desplazadas. Por intermedio de Gimena Sanchez-Garzoli, Analista de Investigaciones en el Proyecto sobre Desplazamiento Interno del Instituto Brookings, se pueden solicitar copias de la Guía.

Desde mi última visita a Colombia en el año 1999, me complace el notar que el Gobierno ha tomado una serie de medidas para desarrollar los marcos legales e institucionales para encarar el problema del desplazamiento interno. Me alientan, por ejemplo, los esfuerzos del Gobierno para incrementar la puesta en práctica de la legislación existente, específicamente la Directiva Presidencial No. 6 (2001) la cual apoyó la decisión de la Corte Constitucional T-327 (Marzo de 2001) que sostiene los Principios Rectores y enfatiza la necesidad, por parte de los oficiales del Gobierno, de capacitarse en los Principios. Quisiera también hacer notar que una decisión previa de la Corte Constitucional (SU-1150, Agosto de 2000) declara que los Principios Rectores deben ser utilizados en la interpretación de la legislación existente para los desplazados internos, y que deben ser considerados como el modelo para cualquier nueva legislación sobre desplazamiento.

A pesar de que todos estos desarrollos son meritorios, siguen siendo válidos los principales problemas y recomendaciones hechos en mi informe del año 2000 a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y reiteradas en mi declaración de septiembre de 2002 durante el Seminario Internacional: “Desplazamiento: Implicaciones y Retos para la Gobernabilidad, la Democracia y la Paz”, organizado por la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES). Existen aún diferencias entre las normas fijadas por los Principios Rectores, la Ley 387 del año 1997 y la realidad que enfrentan la mayoría de las comunidades desplazadas. Los indicadores de alerta temprana, han fracasado en prevenir y evitar el desplazamiento de personas. El número de personas desplazadas sólo sigue aumentando, con un número significativo de nuevos desplazamientos que ocurren con frecuencia muy alta.

De acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), durante los primeros 6 meses de este año entre 900 y 1.000 personas han sido internamente desplazadas cada día. Reconociendo que esta es una situación difícil y compleja, es mi deseo que el Gobierno haga todos los esfuerzos a su alcance para proteger a las personas contra los desplazamientos arbitrarios y que emprenda más esfuerzos para mitigar las consecuencias del desplazamiento.

En el lado positivo, debe mencionarse el acuerdo entre la Registraduría Nacional y ACNUR, que establece la creación de unidades móviles de documentación, las cuales visitan las poblaciones habitadas por personas internamente desplazadas para que ellas puedan solicitar documentos de identificación personal. Este proceso permitirá reducir el tiempo que lleva obtener dichos documentos de lo que anteriormente fueran 6 a 8 meses a tan solo 2 meses. De esta manera, muchos desplazados podrán registrarse más rápidamente y así tener acceso a los servicios básicos necesarios y a mejorar su protección. Esta acción, entre otras, es un avance en los esfuerzos para incrementar el número de personas internamente desplazadas que están registradas como tales.

Pero debemos también notar que un gran número de desplazados aún no están registrados y necesitan asistencia. Es más, debemos enfatizar que la asistencia de emergencia, en el caso de que una persona desplazada tenga acceso a ella, no es suficiente para aquellos que permanecen desplazados por años. Es importante el coordinar la asistencia a corto y largo plazo de forma tal que las personas internamente desplazadas puedan sobrevivir dignamente hasta que su situación social y económica se estabilice.

La seguridad física de las poblaciones desplazadas continúa siendo una preocupación mayor. Además de enfrentarse a la discriminación y la estigmatización, los desplazados a menudo viven con temor en los lugares donde han buscado refugio. Sus condiciones de vida están por debajo de los mínimos aceptables y muchos de ellos tienen acceso muy limitado a los servicios esenciales de alimentación, medicina, alojamiento adecuado, actividades productivas, empleo y educación. Las personas de origen afrocolombiano e indígena, que constituyen un número desproporcionado de los desplazados y que además son grupos étnicos marginados, tienen que hacer frente a obstáculos adicionales al ser desplazados.

Lamentablemente, los esfuerzos para proteger a los defensores de los derechos humanos no fueron exitosos y líderes de las organizaciones de personas desplazadas y aquellos que trabajan en su apoyo, han sido víctimas de ataques, secuestro y asesinato. Reitero mi reclamo al Gobierno para que haga todos los esfuerzos posibles para proteger a los desplazados internos y a quienes trabajan en favor de ellos.

El Gobierno de Colombia enfrenta enormes desafíos en el tratamiento del problema del desplazamiento interno en el país. Es mi esperanza que las medidas a tomar tengan como base las normas y marcos institucionales que ya han sido creados y que se asegure de que los programas de asistencia a los desplazados internos reciban los fondos necesarios para que sean puestos en práctica apropiadamente. El Gobierno debe entonces complementar sus propios esfuerzos trabajando en estrecha relación con la comunidad internacional, las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales y los líderes del desplazamiento, con el fin de buscar soluciones al problema. A pesar de que debemos aumentar la participación y la presencia de las organizaciones internacionales, es fundamental que exista una gran responsabilidad nacional.

Es necesario que a la situación de los desplazados internos se le otorgue alta prioridad nacional por parte del Gobierno para que obtenga la visibilidad y la atención de las que hoy día carece. Me han alentado las declaraciones que hiciera en el mes de Octubre el Presidente Alvaro Uribe a la Conferencia Espiscopal y la Arquidiócesis de Bogotá, en las cuales dijera que se deben hacer esfuerzos para terminar con los desplazamientos y subrayara que el problema del desplazamiento interno debe ser una de la prioridades de la inversión social. Al igual que en mis últimas declaraciones, quisiera recomendar a la Administración del Sr. Presidente Uribe que considere la designación de una persona de alto nivel como punto focal de contacto dentro del Gobierno. Dicho punto focal de contacto debería trabajar con todos los actores involucrados en el tema, para asegurar que las garantías proporcionadas por las normas y marcos institucionales existentes sean plenamente aplicadas y que se busquen soluciones para las deficiencias existentes en el sistema de respuesta a los problemas de los desplazados.

Finalmente, invito a todos Uds. a trabajar en conjunto para lograr que los esfuerzos existentes contra los actuales desplazamientos sean efectivos, para garantizar la seguridad física del gran número de Colombianos desterrados que aún carecen de protección, y para intensificar las medidas hacia una solución pacífica al conflicto que causa estos desplazamientos. En cuanto a los retornos de las personas desplazadas, quisiera enfatizar que deben ser voluntarios, seguros y que su continuidad debe ser asegurada, de acuerdo con los Principios Rectores. Es mi esperanza que la Guía sirva de ayuda para mejorar la respuesta nacional e internacional a la crisis de desplazamiento interno en Colombia.