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Commentary

Vacíos en la protección de las personas desplazadas por el cambio climático

Khalid Koser
Khalid Koser Executive Director - Global Community Engagement and Resilience Fund

October 1, 2008

INTRODUCCIÓN

El marco normativo para los desplazados por los efectos del cambio climático que se quedan en su propio país está mejor desarrollado que el de los desplazados que salen de él. Muchos de los que conforman el primer grupo son desplazados internos y sus derechos están protegidos por la legislación sobre derechos humanos y por el derecho humanitario internacional, articulados en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos, mientras que son escasos los desplazados del segundo grupo que reúnen los requisitos para obtener el estatus de refugiado y, en la actualidad, el derecho internacional no protege su estatus en otros países.

Por tanto, aunque es prioritario definir los derechos de los desplazados que abandonan su país por los efectos del cambio climático, la posibilidad de que aumente el número de desplazados internos también debe servir para tratar las lagunas y los problemas de instrumentación en el marco normativo que les es de aplicación. En la actualidad, los derechos de la mayoría de los 25 millones de desplazados internos por conflictos y los muchos millones más de desplazados por desastres naturales y por proyectos de desarrollo, no están bien protegidos. Los efectos del cambio climático harán que estas cifras aumenten de forma inevitable y seguirán poniendo a prueba la protección legislativa y práctica.

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